Las sociedades mercantiles están obligadas a formular sus cuentas anuales dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, es decir, hasta el 31 de marzo del año siguiente. Sin embargo, el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, ha introducido una medida excepcional para aquellas empresas que arrastren pérdidas derivadas de los ejercicios […]
